15 jun 2017

09/11/2016 Casa Castanyer (Antic Atheneum Polytecnicum)

"Edificio residencial de tipo señorial construido a principios del siglo XIX en un estilo que se inscribe dentro del austero neoclasicismo romántico. Tiene planta baja y tres pisos. El piso principal tiene un largo balcón corrido, las aberturas que se abren a él que están ornamentadas encima del dintel. La planta baja, acolchada, se abre con tres portales de medio punto. A través del central llega a un patio, de donde nace una escalera bajo una gran arcada sostenida con columnas jónicas.Tradicionalmente, se había creído que esta casa fue la residencia de los marqueses de Alòs y de Dou, creencia que ha sido desmentida posteriormente. Los últimos estudios han confirmado que fue promovida por Joaquim Castanye r en 1805. Octavià Alexandre atribuye la autoría del proyecto a Ignasi March. Interrumpida la construcción por la Guerra de la Independencia, el edificio no fue terminado hasta el año 1818. En 1867 pertenecía a la viuda de Joaquim Castanyer, la marquesa Consol de Moragas de Quintana. Durante los años treinta del siglo XX fue la sede de la institución obrerista Atheneum Polytecnicum."

Ver: http://www.poblesdecatalunya.cat/element.php?e=1258
Carrer Sant Pere Més Alt, 27

Gracias a Octavià Alexandre por aportar:
"En realitat, l'autoria no és gens segura, donat que el dibuix de la façana que acompanyava la solicitud del propietari no té signatura.
Es tracta d'un conjunt casa-fàbrica, amb la residència senyorial (encara que el fill del promotor es va traslladar a la Plaça Cucurulla) al davant i les naus industrials -enderrocades als anys '50 per la construcció d'un nou edifici- al darrera de la parcel·la."


"En realidad, la autoría no es nada segura, dado que el dibujo de la fachada que acompañaba la solicitud del propietario no tiene firma.
Se trata de un conjunto casa-fábrica, con la residencia señorial (aunque el hijo del promotor se trasladó a la Plaza Cucurulla) delante y las naves industriales -enderrocades los años '50 por la construcción de un nuevo edificio- detrás de la parcela. "









 
Gracias por su aportación a Julio Carlos García Castrillón.
 
"Buenas tardes Ramón: nuevamente me comunico contigo para pasarte datos que puedan servir para el artículo que publicaste como"Casa Castanyer (antic Atheneum Polytecticum) II".
 Creo que las fincas tienen (y han tenido) unas vidas ocultas, que sus moradores se encargan de que apenas nadie sepa de ello, pero en cuanto dedicamos un poco de tiempo nos aparecen historias fantásticas.
 Saludos, Julio-C. García.

Después de haber encontrado el testamento e inventario de Josep Castañer i Codina, del que he obtenido mucha información, tanto de sus ascendientes/descendientes y parejas como de los bienes inmuebles y de otro tipo. 

 Era hijo de José Castañer i Espinal y de Teresa Codina, nieto por parte de padre de Miquel Castañer, sastre. Su esposa que le premurió fue Eleonor Monet y en las capitulaciones de su hija Joaquina ya consta muerta. 

 Una de las cosas importantes que aparecen en este documento es el movimiento de adeudos que contra su empresa deja escritos, por lo que, a pesar de que no me consta que exista algún fondo de su fábrica de indianas, por esta escritura podemos hacernos una idea de donde comerciaba y con quién. 

 En cuanto a los “vales incobrables”, el más antiguo que he encontrado ha sido una partida contra Ramón Arnau fechada el 4 de junio de 1779, por un capital inicial de 672 libras y que finalmente quedaron incobrables 73L. Desde esa fecha hay una auténtica cascada de fallidos. Este dato nos aproxima a la fecha en que podía haber estado activa la fábrica de indianas de los Castañer. 

 En el mencionado inventario aparece esta descripción de la casa fábrica donde residia. 

 Primo: Tota aquella casa gran ab tres portals grans fora obrint situada en lo carrer de Sant Pere mes alt de esta ciutat señalada de número set, la qual dona per la part de detras a la muralla de terra y carreró del Hort den Favá, en qual hi ha varias oficinas de fabrica de indianas ab terrats en lo primer pis, y jardí en lo pla terreno y altres oficinas, y en la mateixa casa se ha trobat lo seguent. 

 

EN LA FABRICA, CUARTOS DE DETRAS LA COTCHERIA. 

 Primo: Un silinro per silindrar indianas ab cuatre corrons, un de bronse y tres de diferents fustas ab sos plegadors, rodets y tot lo necesari, lo que en lo die está arreglat per tahona. 

 Item: Una prensa ab cargol de ferro per fardos de indianas que está a la paret mitjera usada. 

 Item. Dos canastrons ab sos balansins, deu pesas de ferro de dos arrobas, un de una, altres de menuts. 

 Item: Una bota de cerculs de fusta molt usada per posar vinagres. 

 

 EN LO PINTADOR. 

 Primo: Un bruñidor usat. 

 Item: Trenta tres taulas de pintar, los banquets per posar los bachs, masas y vint calaixos la major part dolents. 

 Item: Tres taulas de estirar pesas usadas. 

 Item: Vint y vuit cubellets, uns ab color, baquets y taps, y altres solament los caballets, usats. 

 Item: Una partida de motllos per pintar indianas y mocadors, inutils que estan sobre prestatjes a la paret, quals motllos ban numerats de cuatrecents trenta sis, a mi cuatrecents seaxanta tres, pero no seguits y ne faltan mes de la mitat. 

 Item: Una pastera ab son torn per bañefar pesas, usada. 

 Item: Una escaparata pegada a la paret ab la imatge de la Purisima Conepció de Maria, ab corona de plata. 

 

EN LO CUARTO DELS COLORS. 

 Primo: Una taula, balansas, pesos, prestatjes ab calaixos y varias ampollas de vidre, ab oquisim materals de fer colors que no tenen ningun valor. 

 Item: Set caixas per posar materials per colors, una de ellas conté dos anobans alum, altre tres lliuras sal saturno, y la altre tretse lliuras cam, petxo raspat, y las restants tres vuidas, y usadas. 

 

 Los hijos fueron: el primogénito José Salvador, éste murió en 1834 soltero y al haber instituido su padre José Castañer i Codina una manda en su testamento por la que “en caso de morir sin descendencia, o con tal que no llegara a edad de testar, revertiría en el siguiente descendiente, orden de primogenitura y prefrencia de hombre a mujer”, por lo que todos los bienes Castañer pasaron a mano y poder de Joaquín. 

 

  El segundo hijo Joaquín, lo dotó con 30.000 libras pero invertidas en la mercantil “Ortembach, Castañer & Cia.” en la que era socio de Pedro José Ortembach, casado con Ana de Janer y de Gónima y ésta era tía de su primera esposa, Joaquina Gassó de Janer. De este matrimonio se hicieron capitulaciones el 23 de febrero de 1833, pero ya estaban casados. Los Gassó en aquel momento todavía arrastraban la quiebra de las mercantiles Gassó, por lo que al hacerle de dote 15.000 libras a su hija, no se si se vieron forzados a tener los asuntos judiciales un poco más tranquilos para que se pudiera firmar y eéte pudiera haber sido el motivo por el que se firmaron las capitulaciones a posteriori. La mercantil Ortembach, Castañer & Cia. se disolvió a raiz de la muerte de José Castañer y Codina, por tanto José Salvador entregó 30.000 libras como legado hecho por el padre común hacia su hermano, con todos los beneficios que hubiera podido tener tal mercantil. 

 

 Joaquina que era una de las hijas se casó con Salvador Forés de Basart, comerciante de Barcelona y fue dotada con 30.000 libras catalanas. estas capitulaciones se firmaron el 1 de agosto de 1818, tenia 17 años. 

  

Eleonor, otra de sus hijas se casó con Joaquín de Palaudaries, Dr. en derecho y también fue dotada con 30.000 libras, estas capitulaciones se firmaron el 16 de marzo de 1823. 

 

 En multitud de escrituras, inclusive las de apertura de testamento, aparece Pere Bruguera y Gil, fabricante de indianas. Me hace pensar que pudiera haber sido socio o bien tener alguna vinculación mas personal y profesional con José Castañer i Codina. 

 

 Como ya comenté José Salvador disfrutó muy poco de su herencia, pues la recibió en 1830 y se abrió su testamento en 23 de marzo de 1834 habiendo muerto un día antes. 

 Como no había hecho grandes inversiones y sólo había vivido de las rentas de sus bienes, el capital que repartió en partes iguales a sus hermanos fue de 9.550L a cada uno de ellos. Deja unos botones de brillantes al expresado Pere Nolasco Bruguera y 3.000 libras para el mencionado Pere y su esposa Eulalia. 

  

 Los bienes que consta en el inventario de José que son los mismos de su hijo José Salvador fueron los siguientes: 

 

 BENS IMMOBLES. 

  Primo: Tota aquella casa fabrica sobre expresada ab tres portals grans señalada de número set, situada en lo carrer mes alt de Sant Pere de esta ciutat. (compra antes de arreglo en 5/1/1803 por José Castañer) 

 Item. Altre casa situada en lo carrer Mes baix de Sant Pere, señalada de número nou, ab magatsem y tres pisos dividits en varias habitacions. (compra 28/1/1805 por José Castañer) 

 Item. Altre casa situada en lo carrer de la Tapineria de esta ciutat marcda de número dos ab botiga y dos pisos. (30/11/1745, por Miguel Castañer) 

 Item: Altre casa fabrica ab dos pisos y porxada situada en lo carrer den Tantarantana de esta ciutat señalada de número sis, cual casa treu porta en lo carrer Vermell. (no hay fecha exácta) 

 Item: Una casa dirruida y altre habitada ab unas sis mojadas de terra de conrreu situat en la Parroquia de Sant Adriá de Besós mes ensá del Riu. 

 Item: Aquella altre casa o torre ya referida situada en la Parroquia de Sant Grvasi de Casolas ab unas tres mojadas de terra la major part murallada, junt ab un casalot y una petita porció de terra inmediat a dita torre, ultimament adquirit. (Compra 20/6/1799 a Cantalozella, y la otra parteel 13/5/1830 a Comas,  por José Castañer) 

 Item: Altre casa habitable ab unas sis mojadas de terra situat en la Parroquia de Sant Martí de Provensals. (Comprada 1/5/1800 por José Castañer) 

 Item: La referida hicienda situada en Sant Cugat del Vallés Parroquia de Valldoreix que conté unas doscentas mojadas de terra la major part viña, y la altre campa, ab un mas o casa en lo centro nomenat “Mas Ravella” ab sas oficinas de fer vi y graner. (20/10/1799 por José Castañer) 

 Item: Sis mojadas de terra de hortalisa situadas en la Parroquia de Sant Martí de Provensals. 

 Item: Dos Corredorias Reals de Cambis que foren adquiridas per D. Joseph Castañer y Codina en virtud de las vendas sobre expresadas. (Concedidas el 15/1/1801 a José Castañer) 

 Item: Un censal de preu vuitcentas vint y vuit lliuras onse sous  y tres y penció vint y cuatre lliuras, diset sous y hu que presta Joan Riera perxer de esta ciutat. (Creado el 20/6/1820 por José Castañer) 

 Item: Altre censal que presta Teresa Morera y Crosi muller de Anton Morera ]eler de esta ciutat de preu dos mil sinch centas lliuras y penció setanta sinch. (Creado 5/6/1820 por José Castañer) 

 Item: Altre censal creat per Francisca Ferando y Font viuda de Anton Farando mitjer de taler, y Anton Farando y Font fabricant de filats mare y fill, de preu tres mil cuatrecentas cincuanta nou lliuras dotse sous y sis, y penció cent tres lliuras quinse sous y sinch. (Creado en 19/11/1822 por José Castañer) 

 Item: Una escriptura de venda perpetua firmada per Benet Comas habitant en Paris a favor de dit D. Joseph Castañer de un tros de terra y casalot situat en dita Parroquia de Sant Gerbasi inmediat a dita torre rebut en poder del notari avall firmat a tretse de Maig del corrent any, en cual acte se troba unit altre de un establiment firmat per Miguel Salat a Jaume Comas de la mateixa terra en poder de Francisco Alvia notari publich de numero de Barcelona a primer de Novembre de mil setcents sexanta hu. 

 Item: Altre llivre que conté la venda perpetua ab sos dependents feta per Rafael Costa candeler de cera, [Maria Costa] sa muller, Dr. Felip Costa fill de estos, de una pesa de terra de tres mojadas ab aygua per regar, junt ab una casa en ella construida situada en dita Parroquia de Sant Martí de Provensals, en poder de D. Joseph Portell notari publich de número de esta ciutat a sinch de Juny de mil vuitcents tretse. 

  Item: Altre llibre dels actes pertañents a la venda feta per providencia judicial per D. Ignasi Fillol cazador ab lites del menor [Juan Rosas] y a favor de dit D. Joseph Castañer, de una pessa de terra de tres mojadas, situada en la Parroquia de Sant Martí de Provensals, en poder de D. Salvador Fochs y Broquetas notari del Tribunal Real ordinari de esta ciutat a onse de Setembre de mil vuitcents vint y hu. 

 Item: Una escriptura de debitori firmada per los Señors D. Ignasi Vendrell, Pedralbes y Estaper, a favor de dit D. [Joseph Castañer y Codina], de la quantitat de tres mil lliuras de cual escriptura consta en poder de D. Joaan Fontrodona notari publich Real, colegiat de número de esta ciutat, a vint y sis de Mars de mil vuitcents vuit. Te relació ab lo compte corrent. 

 Item: Un plech de paper relatius a la depositaria del remplas del Exercit del any mil vuitcents sis, de que fou tesorer dit Señor D. Joseph Castañer. 

 

 Por lo escrito podemos deducir que la casa fábrica Castañer de la calle Sant Pere mes alt en la que residió José Castañer i Codina, no era la única casa fábrica que poseía, pues tenía también otra en la calle de Tantarantana y Vermell de planta baja y dos alturas, seguramente fue la fábrica primigenia de los Castañer, pero no lo puedo asegurar. 

 Como he comentado anteriormente, Joaquin Castañer, cuando hereda los bienes que su padre había instituido primero a su hermano, y por defecto de éste pasaron a él, por lo que al tomar posesión de la herencia, la casa fábrica de la calle Sant Pere mes Alt la hace rehacer invirtiendo unas 2.427 libras pero para ser puesta en alquiler, desmonta toda la parte de fábrica y arregla varias piezas, incluida la chimenea del primer piso. 

 El propio Joaquín en el mismo año hace la compra del palacio Castañer de la plaza de la Cucurulla que es donde hace su residencia junto con su esposa Joaquina Gassó. 

 

 Las escrituras que poseo de la compra de esta casa fábrica empiezan siendo un establecimiento con muntitud de obligaciones “derechos reales inmobiliarios limitativos de dominio”, la vendedora,  Victoria Aldevol, viuda de Cayetano de Gispert, regidor perpetuo de Barcelona, la tenía como una sola finca, con tres salidas a la calle Sant Pere mes alt, la principal, la cochera y el almacén. 

 Hace el establecimiento a favor de Castañer por recomendación de asesores, pues el coste que debía hacer para que fuera habitable era demasiado importante. De los tres estares iniciales que constituía la finca, dos de ellos tenían un censo por Su Magestad como teniendo ocupadas las temporalidades de los regulares expulsos del Colegio de San Bernardo de la Compañia de Jesús de la ciudad de Cervera. 

 Los pactos que firman en el establecimiento fueron los siguientes: 

 

Primo: Con pacto, que deba el adquisidor mejorar dichas casas, y huerto, y en manera alguna deteriorarlas, y dentro el termino de cinco años proximos, contaderos del dia de la fecha en adelante invertir en obras utiles de dichas casas la cantidad de diez mil libras moneda barcelonesa, de cuya inversion deba hacer constar por tarta de pago, u otros legitimos documentos. 

 Otro si: Que el Señor adquisidor a mas del censo que abajo se impondrá deba prestar annualmente del dia presente en adelante los censo que está obligada a pagar la Señora estabiliente por razón de dichas casas y huerto y también el catastro, pavellones, y demas cargos Reales, impuestos, o que se impusieren sobre las mismas. 

 Otro si: Que el adquisidor tendrá el derecho que corresponde a la Señora estabiliente para valerse de las aguas que sirven para el uso de las casas y huertos de la referida calle en los dias y horas que le corresponda. 

 Otro si: Es pacto, que la Señora estabiliente se reserva el termino de tres meses a lo mas para dejar desocupadas las referidas casas ofreciendo hacer rebaja al adquisidor de aquella cantidad que importare el censo en todo el tiempo que las ocupe del dia de este establecimiento en adelante. 

 Otro si: Que dicho adquisidor por razón de dichas casas y huerto y mejoras hacederas deba prestar todos los años el censo de mil doscientas treinta y dos libras ocho sueldos moneda barcelonesa, y metalica de oro, o plata, y no vales Reales ni otro papel moneda, en dominio mediano, y con los derechos del mismo pagadero con dos pagas iguales la mitad del dia de la fecha a medio año, y la otra mitad del mismo dia a un año, y siguiendo asi despues en cada año en iguales terminos o plazos, de cuyo censo en virtud de facultad que con el presente le concede podrá redimir desde luego el adquisidor trescientas ochenta y siete libras seis sueldos en pensión por doce mil nuevecientas diez libras en precio aplicado el capital en parte para luir, o encargarse los censales que se delegaran en la venta, y absolución que le firmará, y en parte para pagar obligaciones a que estan responsables los bienes que fueron de dicho Deñor D. [Cayetano de Gispert] marido de la Señora estabiliente, prometiendo en el caso de dicha luición de parte de censo firmarle la correspondiente venta, y absolución con las clausulas de su naturaleza, y estilo. 

 Otro si: Es pactado, que al adquisidor durante la vida de la Señora estbiliente no podrá redimir por pretexto alguno las restantes ochocientas quarenta y cinco libras dos sueldos del referido censo aunque le diese facultad para ello qualquier cedula Real publicada, o que en adelante se publicare pero podrá redimir de dicha parte de censo despues de la muerte de la Señora otorgante ochocientas treinta y tres libras dos sueldos por veinte y siete mil setcientas setenta libras en precio en moneda metalica de oro, o plata, sonante, y no vales Reales no otro papel moneda, quedanado las restantes doce libres en pencion, y su dominio mediano, y sus drechos aun despues de la muerte de la Señora otorgante, perpetuamente irredimibles. 

 Otro si: es pacto, que el Señor adquisidor no puede redimir las expresadas ochocientas treinta y tres libras dos sueldos en pención de dicho censo que se le permite despues de la muerte de la Señora estabiliente en caso que por algun Real decreto, o cedula quedase privado de entregar el capital que quera redimir en poder del poceson de dicho censo, o deeponerlo a disposición del mismo paraque haga de el lo que le parzca, pero si podrá hacerlo siempre y quando cese la tal prohibición, o no tenga observancia de modo que no haya impedimento para recibir dicho capital el referido pocesor para hacer de el lo que le parzca. 

 Otro si: es pacto, que las luiciones que haga el adquisidor despues de la muerte de la Señora estabiliente deban ser a lo menos cada una de la quarta parte de dicho censo que resta redimible para tal caso de modo que la menor de ellas no baje de lo que importa dicha quarta parte que es doscientas ocho mibras cinco sueldos y seis dineros, en penciones, seis mil nuevecientas quaranta y dos libras diez sueldos el precio. 

 Otro si: es pactado, que todas las partidas que deberá pagar el adquisidor de resultas de este establecimiento, ya sean de penciones del censo que se impone o ya de capitales que vaya redimiendo deberán ser en  dicha moneda metalica de oro, o plata sonante, y no vales reales ni otro papel moneda debiendo quedar abdicado de qualquier real Pragmatica, o cédula que le de facultad de rdimir, o patar en vales, bien que en quanto a los censales que se le deleguen del precio de la venata, y absolución que se firmará en el dia de hoy podrá usar el adquisidor de las facultades que le den las Reales Pragmaticas o cedulas. 

 Otro si: es pactado, que la Señora estabiliente entiende reserva como resera para si, y los succesores en dicho censo las doce libras irredimibles, y dominio mediano sobre los estares en que puede tener dominio. 

  

 Seguidamente y con los datos que he conseguido compilar, después de varios dias fallidos buscando algún dato del arquitecto Ignasi March que comentó Octavià Alexandre, me ha sido imposible conseguir las apocas o documentos similares que verifiquen el pago de la nueva construcción, pues está claro que el capital que Castañer se comprometió a invertir era muy importante, diez mil libras de la época daban para muchísimo y debía quedar perfectamente verificada su inversión y pago. 

 A partir de 1808 tanto  la señora Ardvol como Castañer no hicieron escrituras en el notario con el que habían movido y liquidado censos y censales sobre la finca que nos ocupa, a pesar de haber empezado la “Guerra del francés”el notario siguió operativo en la ciudad, con escasisímo trabajo, pero al pie de su oficina. 

 Las apocas que anteriormente comenté había encontrado referentes a los industriales que habían participado en la reparación de la indicada casa, eran de cuando la propiedad ya pertenece a  Joaquín Castañer y decidió convertirla en casa para alquilar y por las obras que realizaron hace un pago de 2.427 libras, que siendo dinero, desde luego no daba para hacer el edificio, como mucho una buena reparación. 

 A su vez hace la compra del palacio de la plaza de Cucurulla a Sr. Prat, individuo que residía en La Habana y que dicha casa la tenía para residir en sus vacaciones,  viéndose obligado a dar junto con otras propiedades a sus acreedores por quiebra de sus negocios y finalmente compró Joaquín Castañer. 

 El matriomonio Castañer Gassó pasó a residir en el palacio de la plaza de Cucurulla. 

 

 Joaquin compra en subasta publica de la Torre dels Capellans, perteneciente al Monasterio de Sant Felip Neri, por desamortización. Adjudicada por 800.000 reales de vellón, fecha del remate 6 de julio de 1841. 

La primera suerte de la heredad nombrada “Torre dels Capellans” compuesta de una casa torre a mas de un piso bajo con bodega, lagar y capilla, de otro principal con galerías y azotea y de un desvan espacioso, y de cinco mojadas dos mondinas y cuarenta y una y media canas cuadradas de tierra de panllevar, y diez mojadas dos cuartas tres mondinas cuarenta y medias canas cuadradas plantadas de viña 

 Hasta la muerte de Joaquin Castañer su tiempo lo dedicó a ir censando las tierras de esta compra y otras, fue una fuente de ingresos e inversión. 

 

 Donde actualmente se encuentra la Torre Castañer en el Paseo de Sant Gervasi, son las dos escrituras que consta, una comprada a la señora Cantalozella el 20 de junio de 1799 por José Castañer i Codina y la segunda a Comas el 13 de mayo de 1830, poco antes de morir.  

 

 Joaquina Gassó de Janer era hermana de Erasmo y cuñada de Rosa Nadal i Dodero, de Rosa Nadal era su tercer matrimonio (1º Sagnier, 2º Maignon y 3ª Gassó). 

 Joaquina Gassó de Janer se abrió su testamento en su casa de la plaza de la Cucurulla el 25 de febrero de 1848. Murió sin haber tenido hijos, por lo que para Joaquin Castañer era una necesidad imperiosa impuesta en el testamento de su padre. Rapidamente se casó con Maria de la Consolación de Moragas y de Quintana y tampoco de este matrimonio dejó descendencia, por lo que tengo la certeza que sus hermanas debieron fallecer sin hijos que llegaran a edad de testar o sin tales, pues la heredera de los bienes Castañer pasó a ser su segunda esposas, Maria de la Consolación, y por nuevo matrimonio de esta, (pues Joaquin Castañer murió en 3 de enero de 1859 en Barcelona) volvió a contraer nupcias, en esta ocasión con José Rufino Vidal i Nadal, un hombre que esta vez si era de su edad. De este matrimonio quedó una hija llamada Maria de la Consolación Vidal i de Moragas, que nació el 4 de enero de 1862, por tanto sus padres se habían casado al poco de quedar su madre viuda de Joaquin. 

 Las propiedades, los capitales en ocasiones cambian de apellidos, pero si los concatenamos podemos ir haciendo el recorrido que bien por herencia, matrimonios en ocasiones han llegado hasta nuestros dias."






2 comentarios:

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  2. Voldria rectificar el meu comentari anterior, ja que si bé l'autoria del projecte és sense dubte d'Ignasi March, les obres foren interrompudes durant l'ocupació napoleònica i foren represes per un altre arquitecte, ja que March fugí de Barcelona el 1808 i morí a Tarragona el 1811. Segons Enric Mira (tesi doctoral inèdita), l'autor de la segona etapa podria ser l'italià Antoni Ginesi. Això explicaria el fet que, mentre el fet que, mentre que la planta baixa segueixi el projecte presentat, el parament i cornisament siguin diferents.

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